Desde el 1 de abril de 2012, se añade una nueva normativa a la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999 (LOPD) y a la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE), relativa al tratamiento de información a través decookies en sitios web, normativa de obligado cumplimiento para todo sitio web. Esta nueva normativa, llamada comúnmente como “Ley de Cookies“, obliga a los propietarios de páginas web, a informar claramente a los usuarios y obtener el consentimiento expreso para el uso de Cookies.
¿A qué obliga la ley?
La ley establece que los afectados por la ley han de indicar de forma clara el tipo de cookies utilizadas, así como las implementaciones técnicas necesarias para que el usuario disponga del poder de decisión para aceptar el uso de cookies durante la navegación en el sitio web. Es decir, debemos informar, antes de instalar ninguna cookie de lo que pretendemos realizar con éstas, y, además, dar al usuario la opción de negarse a aceptar las cookies, incluso en aquellos casos en los que como consecuencia de tal negativa la funcionalidad de la página web quede limitada o no sea posible. “No es lo mismo buscar un producto y comprarlo por Internet, que te ofrezcan algo por correo electrónico o por teléfono”, explica Luis García, director de Clickdatos, una empresa dedicada a la consultoría de implantación en todo tipo de páginas web de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE). Como expertos en este ámbito y en el del comercio electrónico, García indica que se debe desconfiar de las tiendas online “que omitan las informaciones exigidas por la ley o que no explican cuáles son sus medidas para mantener la seguridad en las comunicaciones”. Para el director de Clickdatos, “un sitio web debe generar confianza en un internauta al que tarde o temprano pretendemos pedir datos personales como nombre, dirección, email, etc., y otros tan sensibles como los necesarios para las formas de pago”. En este sentido, recuerda que el empresario no sólo debe cumplir con la LOPD, sino también con la LSSICE, y la nueva Ley de Cookies. “Esta normativa obliga a los propietarios de éstos a informar de forma clara y obtener el consentimiento para la utilización de este tipo de tecnología en los sitios web”.
¿Qué pasa si no lo cumplo?
Si el responsable de fichero no realiza bien su trabajo, o si finalmente ni siquiera lo hace, la LOPDestipula una serie de sanciones económicas que varían en función de la infracción realizada de 900€ a 600.000€.
[Visita la web de trabajos realizados por LaAnet]
[Te invitamos a visitar un Restaurante de éxito La Cuina de San Telmo]